23 de julio de 2009

LA LEGISLACION SOCIALISTA, EL PODER JUDICIAL SOCIALISTA, Y LA FALTA DE VERGUENZA SOCIALISTA!!!


Esta plenamente claro cuales son los objetivos del gobierno de Hugo Chavez, el primero de ellos, un gobierno extenso de por lo menos 50 años, para ello debe contar con una Ley electoral que le permita sus abusos de poder y todo el ventajismo que aplica de manera desmedida en cada proceso electoral y el apoyo irrestricto de una "Sinverguenza" como la Dra Tibisay Lucena. El segundo objetivo acabar con la propiedad privada, como forma de evitar el crecimiento de la clase media y mantener el mayor numero de pobres posibles para apaciguarles su pobreza con planes sociales que garanticen la popularidad y la simpatía del presidente entre los cuadros mas populares y por supuesto su voto en cada elección, para lo cual amerita de una ley que haga posible esta retorcida ambición. El tercer objetivo es controlar de manera total y absoluta, el criterio, la operatividad y el pensamiento de las fuerzas armadas, convirtiendo a sus integrantes en una suerte de "androides" cumpleordenes, para lo cual debe fomentar un único pensamiento político, el proselitismo que aunque sea inconstitucional, este gobierno sabe muy bien como redactar las leyes de tal forma que no obstante vayan contra la constitución, justifiquen lo inconstitucional contando para ello con el apoyo moral, legal y criminal del poder judicial. El cuarto objetivo es regular la libertad de expresión, oigase bien "REGULAR" que no se note que se esta coartando okey, y para esto se logra mediante unas leyes y organismos que impidan un libre ejercicio del periodismo y condicionen las lineas editoriales de los dueños de medios y obliguen a la autocensura, de esta forma la noticia valida sera la oficial, no habrán criticas al gobierno y nadie podrá informar a la población de problemas de servicios publicos, de corrupción o de cualquier inconveniente que no favorezca al régimen.

Todos estos objetivos apuntan a un único fin, " LA PERMANENCIA INDEFINIDA DE HUGO CHAVEZ " en la presidencia de Venezuela, al peor estilo de Fidel Castro y de los mas sanguinarios dictadores, claro está en el caso de Hugo Chavez, simula una participación y un apoyo popular que existe, pero que es menor que los que no lo apoyan, solo que dentro de la estrategia política existe el amedrentamiento en el caso de empleados publicos, existe la desmotivacion y la frustación en los electores al fomentar la tesis del fraude en los procesos, tesis que el gobierno "echa a rodar" y que se la compran y le hacen un flanco servicio los opositores amantes de la tesis de la "Conchupancia" y los que no asisten a las mesas de votación. Lo grave es que eso no se queda dentro de nuestras fronteras, ya esa receta esta en Bolivia, en Ecuador, en Nicaragua y estuvo a punto de presentarse en Honduras, gracias a Dios el pueblo hondureño no se dejo arrodillar, y gracias a una suerte de "Heroe contemporáneo de Centroamerica" como ROBERTO MICHELETTI y a unas fuerzas armadas incorruptibles, se evito esa expansión para la cual se iba a utilizar la mezquina y mediocre personalidad de Manuel Zelaya. Venezuela ha exportado ese modelo político y no solo lo ha exportado sino que lo ha financiado descaradamente, sacando del país los recursos que le pertenecen a todos los venezolanos y que de ser utilizados dentro de nuestro territorio pudieran hacer posible el sueño que cada venezolano tenga una vivienda propia y digna, que existan hospitales decentes en donde se ofrezca salud a la población gratuita y de calidad y crear y fomentar el desarrollo que permita la independencia económica del país y de su población, lo que este gobierno no fomenta porque no le conviene, es inadecuado para el gobierno socialista que un venezolano se prepare, estudie, logre reunir un capital y abra una pequeña empresa porque entre mas venezolanos lo logren también serán menos los pobres y por consecuencia menos los simpatizantes y menos los votos en los procesos electorales.-
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A continuación vamos a resumir algunas de las leyes socialistas, que se convierten en el maquillaje que le cambia el rostro a esta dictadura legalista y popular en una democracia participativa y protagonica:

REFORMA A LA LEY ORGANIZA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA.-

Entre lo reformado destacan lo siguiente:

• Preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral con el propósito de coadyuvar a la independencia, soberanía e integridad del espacio geográfico de la Nación. Esto quiere decir: Preparar al pueblo militantes del PSUV, para enfrentar a todo el que se enfrente a la Revolución, incluida la fuerza armada institucional si algún día diera señales de vida.

Participación en alianzas o coaliciones con las Fuerzas Armadas de otros países para los fines de la integración. Esto quiere decir que si en los Paises del ALBA hay movimientos contra la perpetuidad de esos gobiernos, nuestros soldados y oficiales irian a garantizar la permanencia del sistema socialista en esos paises.-

• Prestar apoyo a las comunidades en caso de catástrofes, calamidades públicas y otros acontecimientos similares. Esto quiere decir que si el gobierno decreta que la oposicion es una "Calamidad publica" porque atenta contra el regimen, la fuerzas armadas irian contra la oposicion.-

• Creación del Comando General de la Milicia Nacional Bolivariana, que será complemento a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, para contribuir en la defensa integral de la Nación.- Esto quiere decir que se le da rango constitucional a la milicias politicas del gobierno (algo que rechazo el pueblo el 2 de diciembre del 2007) en principio para cooperar con las fuerzas armadas pero luego sera para enfrentarlas si fuera necesario.-

• Posibilidad de establecer las Regiones Estratégicas de Defensa Integral, las cuales estarán organizadas en Zonas Operativas de Defensa Integral. Esto va ligado al hecho que proximamente se designaran vicepresidentes regionales para neutralizar la accion de los gobernadores, tanto de los pobres gobernadores de la oposicion como de los miserables gobernadores del oficialismo.

• Se amplía con el nombre “Nacional Bolivarianas” a los cuatro componentes de la Fuerza Armada. Esto importa muy poco, para muchos el termino "bolivariano " ya no esta ligado a BOLIVAR, sino a una consigna politica, ya lo bolivariano no es lo digno, lo noble, lo sagrado, ahora "bolivariano" es lo mediocre, lo chabacano, lo deprimente.

• Se crea un nuevo grado de Jerarquía a los Oficiales: El de Mayor General. Esto quiere decir que con la designacion de General en Jefe, se implicaba que ese grado General era para quienes lograban significativas actuaciones en campos de batalla o en defensa de la soberania nacional, y fijense, Lucas Rincon se lo gano "halando mecate", Baduel, por lo mismo el 12 y 13 de Abril del 2002, Garcia Carneiro, vendiendo papas, y Rangel Briceño por servicios ocultos, pues nadie se imagina como con tan pocos meritos llego tan lejos, aunque su abrupta separacion del Ministerio de la Defensa de alguna forma significo una oportuna rectificacion del Presidente.

LEY DE PROPIEDAD SOCIAL

Muchos se acercan al señalar que la propuesta de Ley de Propiedad Social da un giro de 180 grados a la orientación del Gobierno con respecto a sus primeras propuestas de conducción de la economía, indicadas en el “Programa Económico de Transición 1999-2000″, cuando Hugo Chavez apenas tomaba el gobierno y hacia creer a todo el mundo que seria un Buen Presidente. En ese momento el Ejecutivo Nacional anunció un programa económico que pretendía “superar en un plazo perentorio la crisis económica y social, y diseñar una estrategia que reactivara la economía en condiciones de estabilidad sostenida”, lo que particularmente lograría disminuir los efectos destructivos surgidos de los tradicionales ciclos de crecimiento y recesión de la economía. Ese plan destacaba que la reactivación económica permanente pasaba por “el impulso a la actividad privada y el respaldo al desarrollo de las cadenas productivas y a los proyectos privados”, destacando que se concedía “carácter prioritario a la política de privatización, como una palanca del redimensionamiento del Estado y de promoción de la iniciativa privada”.

Mas adelante, en el plan de la nación 2001-2007 se planteaba que “el nuevo modelo que surgirá de la expansión de los sectores productivo y de servicios estará vinculado con el marco de una gestión pública destinada a crear condiciones macroeconómicas propicias, para fortalecer las fuentes de ahorro y promover la inversión pública y privada en los sectores estratégicos”. Sin embargo, desde 2005 se inicia la transición gubernamental hacia una economía apuntalada por la presencia del Estado como regulador y como agente económico dominante. Se da inicio entonces a las empresas de cogestión (Estado-trabajadores), que resultaron en un total fracaso por la ineficiencia en la gerencia, malos manejos y en el cumplimiento de los objetivos de transferencia accionaria a los trabajadores. Esto llevo a que este esquema fuese suspendido por el Gobierno en 2008 por considerarlo “inviable”. De igual forma, el modelo económico sustentado en cooperativas sin ningún control, derivo en otro fracaso, por lo que el gobierno decidió no poner énfasis en esta forma de estructura económica y de desarrollo.

A este tipo de modelo económico de los inicios de gobierno de Hugo Chavez se agregan ahora: las expropiaciones de haciendas productivas, nacionalizaciones de empresas de servicios (Cantv, Electricidad) y compañías cementeras, acerias hasta un banco, y ultimamente las empresas de servicios a la industria petrolera.. La concepción del socialismo del siglo XXI que se quiere implementar ahora, incluyendo leyes como la Ley de Propiedad Social, crea un clima de debilidad empresarial impresionante no solo para cualquier empresa, sino para cualquier ciudadano con propiedades susceptibles a expropiación. Este proyecto de ley no ayuda en nada al desarrollo de la inversión en el país, por el contrario, siembra incertidumbre entre inversionistas y los propios ciudadanos, que pueden ver en riesgo sus activos y pertenencias ante decisiones unilaterales y discrecionales del Ejecutivo Nacional. Este tipo de proyectos de ley, que en el fondo tratan de tener un fin social y de beneficio, terminan siendo contrarios al fin buscado y se convierten por tanto en un obstaculo a la inversión y la generación de empleos, todo lo contrario a lo que en un principio se buscaba que era el beneficio colectivo. Por ello, este proyecto de Ley debe ser revisado en su conjunto, ya que en los países donde ha sido implementado ha resultado en un total fracaso y la destrucción de la propiedad privada y la producción. Al final tanto los empresarios, trabajadores y la sociedad en su conjunto sufrirán las consecuencias de esta ley de economías fracasadas.

"El anteproyecto de Ley de Propiedad Social indica que aquellos bienes e infraestructuras que “no satisfagan las necesidades reales de la población o no se correspondan con el modelo productivo” podrán ser expropiados por el Ejecutivo Nacional. En la práctica, el anteproyecto de Ley de Propiedad Social expone a la eventual expropiación a toda actividad productiva estratégica que no esté en manos del Estado, pues el I Plan Socialista de la Nación 2007-2013 indica que “el Estado conservará el control total de las actividades productivas que sean de valor estratégico para el desarrollo del país y el desarrollo multilateral y de las necesidades y capacidades productivas del individuo social”.


LEY DE REFORMA A LA LEY DE REGULARIZACION DE LOS ASENTAMIENTOS URBANOS

"La presente Ley Especial tiene por objeto ordenar y regularizar el proceso de la tenencia de la tierra ocupada por la población en los asentamientos urbanos populares, la satisfacción progresiva del derecho a la tierra urbana, vivienda y hábitat, dando prioridad a las familias en condición de vulnerabilidad social, y así consolidar los asentamientos urbanos populares ya existentes, de manera digna, equitativa y sostenible, mediante un proceso de cogestión integral con el Estado.

En lo que se refiere al ámbito de la normativa se tiene que la Ley Especial regula y ordena los asentamientos urbanos populares que ocupen tierras públicas o privadas, en barrios y urbanizaciones populares, en núcleos urbanos o periurbanos, pueblos, caseríos, aldeas, y en áreas de urbanismo progresivo, donde están constituidos sus hogares, construidas sus viviendas o bienechurías, a quienes siendo poseedores o poseedoras de la tierra, no les ha sido garantizado el derecho a la propiedad de la tierra urbana.

De igual forma, la normativa establece que toda persona tendrá derecho a la protección de su hogar, el de su familia, declarándolo como vivienda principal antes los órganos del poder popular: Comité de Tierras Urbanas o Consejo Comunal, en consecuencia, contra el no podrán acordarse ni ejecutarse medidas preventivas o ejecutivas de carácter judicial atendiendo principalmente a los mandatos establecidos en la presente ley especial."

Esto es lo teorico. lo paradisiaco, pero he aqui lo verdadero, lo practico, la cruda realidad:

1.- Se incorporo al titulo de la ley y a su contenido el concepto de Ordenamiento siginifica esto que el estado podra definir el tipo de uso que se dara a los terreos urbanos, el tipo de vivienda y hasta estabecer el valor, lo cual es otro engaño mas para nuestro pueblo.

2.- Se garantiza la función y uso social de la tierra urbana: Todas las tierras quedan sujetas a los fines de justicia social, de garantía del derecho a la tierra de los sectores populares. Las instituciones del Estado y los órganos del Poder Popular podrán iniciar un proceso de rescate de las parcelas adjudicadas cuando el uso de las mismas contravenga los fines previstos en la presente ley. Esto es que si Pedro Perez no simpatiza con el PSUV pero tiene una vivienda en Los Palos Grandes, se le puede expropiar su vivienda por razones de justicia social, pudiendo alegarse que el uso dado a la vivienda contraviene lo previsto en la ley, es decir el propio criterio del funcionario socialista que sea el encargado de decretar la medida de expropiacion.-

3.- Se fortalece los Comités de Tierras Urbanas como la organización comunal social y política, integrante del poder popular, columna vertebral y de vanguardia en el proceso de regularización. Se le otorga personalidad jurídica por vía de ley con la formalización de su inscripción ante el Instituto Público de Tierras Urbanas. Se define un mecanismo sencillo, ágil, democrático para la constitución de los mismos. Esto es que si "Juan Castro" un venezolano humilde que no simpatiza con el gobierno y por otro lado, Pedro Perez un "ideologizado " dirigente vecinal miembro de un Consejo Comunal se enamora de la casita de Juan Castro puede aperturar un expediente y llevarlo a un instituto Publico de Tierras Urbanas y la casa puede ser expropiada y otorgada a Pedro Perez.-

Es de hacer notar que no estan promoviendo un proceso privatizador de la tierra, la misma esta siendo entregada y continuara otorgándose a través de la figura de propiedad familiar o propiedad colectiva. Los títulos de propiedad colectiva están dirigidos a engrosar el patrimonio de cada comunidad y sobre estas, la familia solo tendra el derecho al uso, goce, disfrute y disposición, pero no a la propiedad de la tierra.


LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS


El nuevo instrumento legal establece entre otros aspectos que para lograr una efectiva publicidad de los llamados a participar en concursos abiertos, se prevé la publicación de tales llamados en la página Web del órgano o ente contratante, así como, en la página Web del Servicio Nacional de Contrataciones, esto a los fines de dar cumplimiento a las disposiciones legales que establecen utilizar nuevas tecnologías por parte de la Administración Pública, en su relación con los particulares.

Asimismo, se regula la consulta de precios, como una actividad a ser realizada por la unidad contratante, reservándose la Comisión de Contrataciones la facultad de conocer y avalar los informes de recomendación, por montos significativos. Esto significa que ya no se robaran un "racimo de cambur", sino diez "manos de cambur" repartidas en pequeñas comisiones.

Por otra parte, se incorporación el "supuesto de procedencia" para la modalidad de Contratación Directa, que opera cuando se haya agotado la aplicación de modalidades de contratación competitivas y donde deben respetarse las condiciones originales establecidas para los procesos fallidos. Esto significa que siempre se agotaran las modalidades de contrataciones competitivas y por supuesto que se aplicara el ·"Supuesto de Procedencia" para justificar contrataciones fuera del procedimiebnto y del control de la Comision de Contrataciones, originandose mas y mas corruptelas.-

Se modifican ocho artículos y se incluye una disposición transitoria única. En la reforma del artículo 45, se estima que la Comisión de Contrataciones debe fijar un lapso para la preparación de la manifestación de voluntad de participar o de ofertar, para cada modalidad de contratación que no podrá ser menor de los indicados a continuación:

1.- Concurso Abierto, seis días hábiles para bienes y servicios y nueve días hábiles para obras.

2.- Concurso abierto anunciado internacionalmente. Veinte días hábiles.

3.- Concurso Cerrado. Cuatro días hábiles para bienes y servicios, y seis para obras.

4.- Consulta de Precios: tres días hábiles para bienes y servicios y cuatro para obras.

En cuanto a la consulta de precios, la modificación del artículo 75 señala que el contratante deberá estructurar todo el expediente y elaborar el informe de recomendación que se someterá a la máxima autoridad del órgano o ente contratante.

El informe a elaborar en aquellos casos que por su cuantía superen las 2.500 UT para la adquisición de bienes o prestación de servicios y las 10 mil UT para la ejecución de obrar, debe contar con la previa aprobación de la Comisión de Contrataciones.

En si esta ley busca regularizar el cobro de comisiones, y la corrupcion, ya que la corrupción es ta presente en su mayoria en contrataciones inferiores a 2500 unidades tributarias.


REFORMA A LA LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES

Esta reforma incluye la ampliación de la definición del consejo comunal; la sustitución de los bancos comunales por unidades administrativas y financieras comunitarias; la remoción de voceros y la autonomía de estas organizaciones. Esto significa TOMA TU TOMATE, osea ya los consejos comunales no seran autonomos.-

Disfrazando lo antes dicho con un presunto contexto constitucional que identifica la democracia participativa y protagónica, conceptos que le otorgan poder al pueblo organizado de forma jurídica.

LEY DEL EJERCICIO DEL PERIODISMO.-

Uno de los puntos mas algidos de esta nueva "LEY MORDAZA" es el hecho que ya el Periodista no podra proteger su fuentes, ya que sera obligatorio señalar e identificar la fuente periodistica de cualquier informacion, lo que hara perfectamente criminalizable la actividad del periodismo.-

Otra de las limitaciones que se pretende imponer en esta ley es la obligación de contradecir a cualquier entrevistado cuando el mismo este haciendo señalamientos negativos sobre el gobierno, es segun la ley responsabilidad del periodista impedir que cualquier persona que de una declaracion no diga la verdad y la verdad siempre debe favorecer al goberino, claro esta esto no lo dice especificamente la ley pero es blanco y la gallina lo pone Que es?



LEY DE LOS PROCESOS ELECTORALES


La ley de procesos electorales aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional propone en el artículo 295 que el CNE podrá imponer la sanción de inhabilitación política hasta por ocho años a los candidatos que no presenten cuentas en el lapso establecido o proporcionen información falsa sobre el financiamiento de la campaña electoral. Conociendo lo viceral, y lo miserable de Tibisay Lucena todos los candidatos de oposicion seran inhabilitados por este motivo yninguno del oficialista sera objeto de sancion. Analistas señalan que el problema recae en el criterio con que se tomen estas medidas, la antigua Ley del Sufragio no daba esta facultad al CNE.

Las penas por delitos electorales fueron aumentadas. Por ejemplo, la pena mínima con prisión será de 2 a 4 años. Para quienes deterioren o destruyan una máquina de votación o alteren algún programa de informática que modifique los resultados electorales la sanción será de 6 a 10 años, con lo cual seran miles de venezolanos de oposicionb los sancionados por este motivo,m y si es antes de ejercer su derecho al voto, ... mejor.- .

Lo otro es que se le da al CNE la potestad que ordene el pais cuando le de la gana , creando y formando nuevos circuitos electorales segun la conveniencia del partido de gobierno, asi que veremos municipios unidos para unos procesos y desunidos para otros pero no por efecto de la unidad del pueblo o de los electores sino por la integraciopn que hara el CNE, para que dionde el partido de gobierno tiene menos votos obtenga mas diputados.-

Con leyes como estas es que se gobierna en Venezuela, se quiere vender al mundo al imagen de legalidad que todo esta en las leyes y que hay apego a las mismas, pero nada mas falso, solo se legaliza lo ilegal que comete el gobierno. 62 articulos de la Constitucion Nacional ha violado este gobierno, y pretende dar una fiesta para celebrar los diez años de la constitucion, me imagino que a esa fiesta la constitucion del 99 debera tener un ginecologo y un psicologo como profesionales de cabecera para ver si se mantiene en pie, y recibir los halagos y vitores.

No se que esperan todos los constituyentistas que no simpatizan con las actuaciones del gobiermno para hacer un pronunciamiento al mundo y especialmente a la ONU, a la OEA y a MERCOSUR para que se enteren que el gobierno de Hugo Chavez es un gobierno de abusos y de restricciones de libertad, en donde se atropeya a todo el que no este con el regimen y eso se llama amigos mios RESTRICCION A LA LIBERTAD DE PENSAMIENTO", no se puede hablar libremente sin que se amedrente o se trate de amenazar a quien emita su opinion y eso es amigos mios RESTRICCION A LA LIBERTAD DE EXPRESION, que quien tiene una empresa por pequeña que sea, es tildado de oligarca, de traidor a la patria de burgues y se amenaza con expropiacion, y eso es amigos mios REASTRICCION A LA LIBERTAD DE TRABAJO Y AL DERECHO A LA PROPIEDAD PRIVADA.-


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